Detectan perjuicio de 223 mil Soles en construcción de puente peatonal en Espinar

martes, 7 diciembre, 2021

Detectan perjuicio de 223 mil Soles en construcción de puente peatonal en Espinar

La Contraloría General detectó un perjuicio económico de S/ 223 047,98 debido a que funcionarios de la Municipalidad Distrital de Pallpata en la provincia de Espinar ejecutaron en el 2018 un puente peatonal sobre la ruta nacional Challhuahuacho – Ayaviri (PE-3S G), sin contar con la autorización de uso de derecho de vía ante Provías Nacional. Esta situación generó la paralización de la obra, la cual quedó inconclusa.

Según el Servicio de Control Específico 020-2021-2-0387, la entidad pese a no tener dicha autorización continuó con la ejecución del puente peatonal de la avenida Manuel Prado del centro poblado Héctor Tapia y efectuó gastos para la construcción de estructuras, compra de materiales y pagos de planillas por S/ 223 047,98. Este monto se constituye en perjuicio económico debido a que la obra se encuentra paralizada y no puede continuar su ejecución.

De otro lado, la comisión de control identificó que las estructuras metálicas, rampas para personas con discapacidad, escaleras de acceso peatonal y la distancia de tránsito peatonal no cumplen los requerimientos mínimos establecidos en la normativa vigente y contravienen la norma de diseño arquitectónico del Reglamento Nacional de Edificaciones, por ende, representan un riesgo a la seguridad vial.

Pago por trabajos no ejecutados
La Municipalidad Distrital de Pallpata pagó una valorización de acero en vigas sin haberse ejecutado físicamente, asimismo, las construcciones de las placas de concreto armado interfieren en el tránsito peatonal, debido a que se ubican en el área de veredas y no consideran el espacio mínimo de espacio peatonal que es de al menos dos metros de ancho.

En el informe de control, se identificó presuntas responsabilidad civil y administrativa a siete exfuncionarios de la Municipalidad Distrital de Pallpata.

Los resultados del informe fueron comunicados al titular de la entidad y al procurador público de la Contraloría General de la República a fin de que se inicie las acciones legales que correspondan contra los funcionarios comprendidos en estos hechos. Este documento se encuentra publicado en el Buscador de Informes de Servicios de Control en aras de promover la transparencia y acceso a la información pública.

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