Modifican Directiva de Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras

miércoles, 24 mayo, 2017

Modifican Directiva de Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras

Mediante Resolución N° 018-2017-OSCE/CD, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, fue modificada la Directiva “Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras”, informó el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE.

De este modo, la Directiva N° 012-2017-OSCE/CD precisa que: “De acuerdo con la Décimo Séptima Disposición Complementaria Transitoria del reglamento, incorporada mediante Decreto Supremo N° 147-2017-EF, lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 del reglamento se aplica para la contratación de obras, cuyos expedientes técnicos se convoquen a partir de la entrada en vigencia de las modificaciones incorporadas por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF”.

Lo establecido en el numeral 116.3 del artículo 116 del Reglamento se aplica además a los contratos de obra cuyos expedientes técnicos se convoquen a partir de la entrada en vigencia de las modificaciones incorporadas por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF.

También resulta aplicable a los expedientes técnicos que son elaborados y aprobados por las Entidades a partir de la entrada en vigencia de las modificaciones incorporadas por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, así como a los contratos de obra que se deriven de aquellos.

La gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras comprende identificar, analizar, planificar la respuesta y asignar riesgos, teniendo en cuenta las características particulares de la obra y las condiciones del lugar de su ejecución.

Entre los riesgos figuran, el Riesgo de errores o deficiencias en el diseño que repercuta en el costo o la calidad de la infraestructura, nivel de servicio y/o pueda provocar retrasos en la ejecución de la obra; el Riesgo de construcción que genere sobrecostos y/o sobre plazos durante el período de construcción; Riesgo ambiental y Riesgo arqueológico, entre otros.

También el Riesgo derivado de la no obtención de alguno de los permisos y licencias a ser expedidos por las instituciones u organismos públicos distintos a la Entidad contratante; Riesgos derivados de eventos de fuerza mayor o caso fortuito; Riesgos regulatorios o normativos; y Riesgos vinculados a accidentes de construcción y daños a terceros.

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