¿Por qué es atentatorio el cuestionado Decreto Legislativo 1255 dictado por Kuczynski?

miércoles, 21 diciembre, 2016

¿Por qué es atentatorio el cuestionado Decreto Legislativo 1255 dictado por Kuczynski?

 

Es atentatorio porque desaparece la opción de la paralización de una obra pública o privada que atente el patrimonio cultural de la nación.

Es atentatorio porque hace prevalecer la multa ante una obra que afecte el patrimonio nacional, que dicho sea de paso en la norma anterior no existía la figura de la multa para situaciones atentatorias.

Significa entonces que cualquier atentado contra el patrimonio, fácilmente podría resolverse con una multa impuesta por el Ministerio de Cultura a la persona natural o jurídica que realice construcciones dañinas.

Esto es lo que dice el atentatorio Decreto Legislativo 1255: «Multa o demolición a obras públicas o privadas ejecutadas en inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realiza sin contar con la autorización del Ministerio de Cultura o cuando contando con tal autorización se comprueba que la obra se ejecuta incumpliéndose lo aprobado o autorizado por el Ministerio de Cultura».

En consecuencia, existen dos alternativas, la multa o la demolición. Es evidente que se apostará por la multa, cuando ni con la ley anterior se pudo demoler edificaciones que atentaron el patrimonio, caso Centro Comercial Ima Sumac y los numerosos hoteles que se construyeron en el centro de la ciudad afectando el patrimonio cultural.

En tanto, la norma modificada, la Ley General del Patrimonio Cultural 28296, decía: «Paralización y/o demolición de obra pública y privada ejecutada en inmuebles integrante o vinculado al Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realiza sin contar con la autorización del Ministerio de Cultura o cuando contando con tal autorización se comprueba que la obra se ejecuta incumpliéndose las especificaciones técnicas aprobadas por el Instituto Nacional de Cultura».
Por lo tanto, la norma anterior sí disponía la paralización de una obra atentatoria. La actual la elimina, pero sí mantiene la demolición, que esperamos sea el camino a seguir ante construcciones atentatorias y no precisamente la multa añadida sospechosamente.

Posición del director

Muy enredado, el Director de Cultura del Cusco, Vidal Pino Zambrano, dijo respaldar el espíritu del cuestionado decreto legislativo, porque según él favorece a cusqueños que en su afán de modificar sus vivienda atentaron el patrimonio cultural de la nación.

Añadió que el Decreto de marras no es aplicable para sitios prehispánicos, solo es aplicable para bienes coloniales.

«Ahora corresponde actuar con la capacidad discrecional de los funcionarios para sancionar como corresponde. No vamos a decir que con multa se arregló todo, no vamos a renunciar a la capacidad que tenemos de destruir cualquier construcción que haya afectado el patrimonio», sostuvo.

Otra observación

Este Decreto Legislativo también permite, en caso excepcional, la salida de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación mediante resolución ministerial emitida por el Titular del Sector Cultura. A través de esta modificación del numeral 34.1 del Artículo 34, se centraliza en el Ministro de Cultura estas autorizaciones.

 

 

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