Ministerio de Transportes y Comunicaciones publica contrato del Aeropuerto de Chinchero

jueves, 9 marzo, 2017

Ministerio de Transportes y Comunicaciones publica contrato del Aeropuerto de Chinchero

Ministro de Transportes y Comunicaciones, Martín Vizcarra,confirmó que el MTC pone a disposición de la ciudadanía y todos los interesados el espacio web #TodoSobreChinchero (www.mtc.gob.pe/todosobrechinchero), un minisite que reúne toda la información y documentación sobre el proceso de concesión, la elección del terreno y las modificaciones al contrato para la construcción del Aeropuerto Internacional de Chinchero.

Contrato de concesión
El Estado, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (Concedente), firmó un contrato original que contenía una serie de generalidades, que permitía diversas interpretaciones. Estos problemas fueron detectados tanto por Contraloría General de la República (ver documento) como por la CAF (ver documento), que fue asesor externo del Estado en este tema.

Dichas generalidades se basan en:

La aplicación de la fórmula para calcular el Pago por Avance de Obras Trimestral. Esta fórmula contiene una tasa implícita (tasa promedio del financiamiento) no acotada. Ello quiere decir que el monto está expuesto a las condiciones del mercado y a otros costos del proyecto.

En ese sentido, es importante señalar que estas generalidades derivaron en un problema que podía afectarnos. Los intereses que el Estado hubiera tenido que pagar eran altísimos. Por ello, el MTC se encontró en la disyuntiva de si motivar la caducidad de la Concesión o realizar una modificación contractual.

Las advertencias de Contraloría
Acerca del Cofinanciamiento a través del Fondo de Pagos del PAO, en el cual no se considera una tasa máxima de endeudamiento para el cálculo del PAO, Contraloría señala que es necesario que PROINVERSION antes de adjudicar la buena pro evalúe la pertinencia de fijar un costo de endeudamiento máximo u otro mecanismo que controle el riesgo que la tasa de endeudamiento sea la más favorable para los intereses del Estado.
Sobre el plazo de presentación del “Cierre Financiero”, Contraloría sostiene que resulta necesario que PROINVERSION antes de adjudicar la buena pro evalúe la pertinencia de considerar un plazo definido para que el Concesionario presente el Cierre Financiero.
Finalmente, el Estado Peruano decidió no caducar dicha Concesión porque se reducirían los beneficios sociales que traería convocar a un nuevo concurso. Así se decidió modificar el contrato original mediante una Adenda.

Para ello, debía determinarse si durante el proceso de promoción del Aeropuerto Internacional de Chinchero, los postores supieron o accedieron a los informes financieros del Consultor Integral. De no ser el caso, cada postor pudo aplicar metodologías y supuestos diferentes para formular sus propuestas.

Por tanto, Contraloría sugiere renegociar con el Concesionario la tasa de interés o su equivalente en cuota PAO trimestral.

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