Aprueban el “Código de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado”
jueves, 21 enero, 2016
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE publicó el “Código de Ética para el Arbitraje en Contrataciones del Estado”, que será aplicado a los arbitrajes administrados por el OSCE, arbitrajes ad hoc y, supletoriamente, a los arbitrajes administrados por las instituciones arbitrales que no cuenten con un código de ética o que, teniéndolo, no prevean el régimen de infracciones que puedan ser cometidas por los árbitros o no establezcan las sanciones aplicables para dichas conductas infractoras.
Este Código de Ética, aprobado el pasado 15 de enero mediante Resolución N° 028-2016-OSCE/PRE, desarrolla los principios rectores que deben observar todos aquellos que participan en arbitrajes en contrataciones con el Estado.
Asimismo, recoge los deberes éticos que deben observar los árbitros, los supuestos de infracción a los mismos y, de ser el caso, las sanciones respectivas de conformidad con lo establecido en el numeral 45.10 del artículo 45º de la Ley de Contrataciones del Estado.
Igualmente, establece que los principios de la Función Arbitral se rigen por la Integridad, Imparcialidad, Independencia, Idoneidad, Equidad (Trato Justo), Debida Conducta Procedimental y Transparencia, donde los árbitros deben observar las reglas sobre divulgación de información arbitral en materia de contrataciones del Estado.
En ese sentido, los árbitros deberán cumplir con hacer públicos, a través de los mecanismos que prevé la normativa de la materia, el laudo y las solicitudes respecto a éste. Adicionalmente, deben proporcionar al OSCE la información sobre el ejercicio de sus funciones y acerca de los arbitrajes en contrataciones con el Estado en los que participan.
Finalmente, el Código de Ética regula el funcionamiento del Consejo de Ética, que se encargará de determinar la comisión de infracciones y de imponer las sanciones respectivas a los árbitros. En sus funciones será asistido por una Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección de Arbitraje del OSCE.
Entre las sanciones previstas en este Código de Ética figuran la amonestación escrita, la suspensión hasta por cinco años, así como la inhabilitación permanente para ejercer y ser elegido como árbitro.