Ministra de Cultura desautoriza a director de Cultura-Cusco por sobrevuelo de Helicóptero

lunes, 9 mayo, 2016

Ministra de Cultura desautoriza a director de Cultura-Cusco por sobrevuelo de Helicóptero

 

La ministra de Cultura, Diana Álvarez -Calderón, desautorizó a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco y a su titular, Daniel Maraví Vega Centeno, quienes en días anteriores habían señalado que iniciarán un procedimiento administrativo sancionador para castigar a quienes resulten responsables por el sobrevuelo, en un helicóptero, protagonizado por el presidente Humala sobre el área natural protegida de Machu Picchu.

“Estas normas están plenamente vigentes y su cumplimiento es obligatorio, por tanto, se sancionará a quienes resulten responsables de vulnerar estas disposiciones porque debemos garantizar el respeto irrestricto a nuestro patrimonio” explicaba el titular de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, Daniel Maraví.

Sin embargo, la ministra de Cultura aseguró que el sobrevuelo estaba autorizado por su sector y el Sernamp, hecho que en Cusco se desconoce plenamente.

Es más, negó que el sobrevuelo en helicóptero del presidente de la República haya generado daños a Machu Picchu. «No ha habido daño, sería imposible que en un vuelo del presidente se pensara que se pueda hacer un daño”, dijo en declaraciones a medios nacionales.

Agregó que desde el 2008 Machu Picchu es una zona restringida para vuelos comerciales, pero no para vuelos oficiales coordinados. Explicó que «se trató de un vuelo de prospección que se enmarca dentro un proyecto que se estima aplicar próximamente».

En Cusco se comunicó desde la Dirección Desconcentrada que los sobrevuelos en el ámbito del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu  están prohibidos expresamente por la Resolución N° 002-99-UGM, de fecha 30 de diciembre de 1999, suscrito por los directores del Instituto Nacional de Cultura (INC) y del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA). La norma prohíbe el sobrevuelo de la ciudadela de Machupicchu en un espacio de protección de un kilómetro de ancho alrededor de la misma, de cualquier tipo de aeronave.

Asimismo, la Resolución Ministerial N° 134-2015 del Ministerio de Cultura, aprueba el “Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu”, documento técnico normativo que también prohíbe expresamente el sobrevuelo de naves aéreas motorizadas o no, en la ciudadela de Machupicchu.

 

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