Congresista cusqueño presenta proyecto para restringir cuestión de confianza

martes, 17 agosto, 2021

Congresista cusqueño presenta proyecto para restringir cuestión de confianza

El Parlamentario cusqueño Luis Angel Aragón Carreño es autor del proyecto de ley 006-2021, sobre la Interpretacion del uso de la Cuestión de Confianza regulada en la Constitución Política del Perú, que evidentemente busca debilitar el principio de balance de poderes, sin pasar por una reforma constitucional, y dificultar un eventual cierre del Congreso ante la denegación de dos cuestiones de confianza.

Primera observación.

«La propuesta legislativa establece que el Poder Ejecutivo puede plantear cuestión de confianza sobre una iniciativa legislativa ministerial, en materias de su competencia, no siendo procedente las iniciativas
legislativas de competencias exclusivas del Congreso de la Republica, como la aprobación de reformas constitucionales».

En este párrafo se advierte claramente que se busca dejar sin efecto las cuestiones de confianza, solicitadas por el Ejecutivo, para efectos de reforma constitucional de la Carta Magna, como cuando en el gobierno del ex Presidente Martín Vizcarra se había planteado una cuestión de confianza sobre el proceso de selección de candidatos del Tribunal Constitucional.

Segunda Observación

«En el caso de plantearse cuestión de confianza sobre iniciativas legislativas, debe culminarse el procedimiento parlamentario, incluido el trámite establecido en el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, o ser promulgada por el presidente del Congreso.

El rechazo o aprobación de la cuestión de confianza sólo producirá efectos legales, cuando la decisión final sea notificada por el Congreso al Poder Ejecutivo; no siendo procedente la presunción de la misma».

En este caso, se observa que el Congreso, dominado por organizaciones de derecha, busca premunirse de otra arma con la finalidad de que el Presidente de la República no proceda, por ejemplo, al cierre del Congreso, si previamente no existe una notificación.

En resumen, la interpretación que se hace al artículo 132 de la Constitución Política del Perú, propone que la cuestión de confianza no abarque reformas constitucionales, limitándose de esta manera las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo.

Esto significa que el Jefe de Estado no podría presentar una cuestión de confianza para impulsar reformas constitucionales, aún cuando estén vinculados con las políticas de su Gobierno.

Inconstitucional

El Diario La República consultó al especialista en derecho constitucional Luciano López Flores, quien advierte que los congresistas estarían repitiendo los errores del anterior Parlamento, al intentar regular con una ley aspectos que deben pasar por una reforma constitucional.

“Hay altas probabilidades de que esta ley, de aprobarse, termine en el Tribunal Constitucional, porque buscan regular aspectos que están en la Constitución”, apunta.

Similar es la opinión de Omar Cairo, quien sostiene que el Congreso no puede “reducir” materias que pueden ser objeto de cuestión de confianza solamente mediante una ley, como pretenden hacerlo los grupos de APP y Acción Popular.

Cairo también subraya que estas modificaciones solamente procederían mediante una reforma constitucional.

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